El objetivo del Estatuto Temporal de Protección es permitir el tránsito de los migrantes venezolanos que se encuentran en el país, quienes tendrán un lapso de 10 años para adquirir una visa de residentes.
El presidente de la República, Iván Duque, firmó este lunes en la Casa de Nariño el decreto que establece el Estatuto de Protección Temporal a migrantes venezolanos, con el cual se busca garantizar la atención necesaria para esta población vulnerable que actualmente presentan problemas por la situación económica y social de Venezuela.
Este decreto, cuyo borrador estuvo publicado en la página de la Cancillería y que recibió más de 300 comentarios, comienza a implementarse desde ya, y busca lograr la regularización de 1,8 millones de venezolanos, en agosto de 2022, para que estas personas cuenten con carné, biometría e identificación digital, con el fin de que puedan acceder a la atención en salud, educación y otros beneficios sociales.
El Estatuto es una estrategia del actual Gobierno, que busca establecer mecanismos o soluciones que trasciendan en el tiempo, basados en el comportamiento del fenómeno migratorio y la protección de los derechos humanos de la población migrante que se encuentra actualmente en mayor condición de vulnerabilidad.
A continuación, podrá encontrar las condiciones para los migrantes venezolanos que quieran acceder al estatuto de manera temporal:
-Estar en el territorio nacional como titulares de un Permiso de Ingreso y Permanencia (PIP), Permiso Temporal de Permanencia (PTP) o de un Permiso Especial de Permanencia (PEP).
-Estar en el país bajo el titular de un Salvoconducto SC-2 mientras se tramita una solicitud de reconocimiento de la condición de refugiado.
– Estar en el país de manera irregular a 31 de enero de 2021
– La persona deberá ingresar de forma normal por el Puesto de Control Migratorio bajo todas las condiciones de legalidad, a la vez que debe cumplir con las normas migratorias.