La plenaria del Senado aprobó en último debate el proyecto de ley que prohíbe los castigos físicos o tratos crueles contra niños, niñas y adolescentes.
Esto quiere decir, que los padres tienen derecho y la autonomía a educar y corregir a sus hijos como mejor lo consideren, pero no podrán aplicar «el castigo físico, tratos crueles, humillantes o degradantes y cualquier tipo de violencia”.
Cabe resaltar, que esta medida se extiende para cualquier personas que esté a cargo de los menores.
El proyecto recibió el respaldo de la mayoría de bancadas del Congreso, menos la de Colombia Justa Libres, puesto que considera que sería una intromisión de estado.
“Reitero mi rechazo y solicitud de archivo al este proyecto referente a la prohibición del castigo físico por ser inconstitucional e innecesario, promoviendo la intromisión del Estado en la autonomía que tienen los padres para educar a sus hijos” manifestó el senador John Milton Rodríguez.
Por otra parte, el representante liberal Harry González, uno de los autores de la iniciativa expresó que “Esta ley es una ley de prevención, no es sancionatoria y establece una política pública de pedagogía y prevención para evitar más violencia”.
El artículo 262 del Código Civil quedaría de la siguiente forma:
“Las familias, los padres, las personas encargadas del cuidado personal de los niños, niñas y adolescentes o quienes tengan su representación legal, tendrán la facultad de vigilar su conducta, corregirlos y sancionarlos. Queda prohibido el uso del castigo físico, los tratos crueles, humillantes o degradantes y cualquier tipo de violencia como método de corrección, sanción o disciplina”