Mientras la queja que señala que presuntamente el gobernador del Magdalena Rafael Martínez nombró al doctor Sergio Antonio Aragón Cotes en el cargo de gerente de la ESE Hospital San Rafael del municipio de Fundación Magdalena, sin que se cumplieran los requisitos para ello, el artículo 25 del Decreto 262 del 2000 establece, que la competencia de las Procuradurías Delegadas de instrucción y en lo relevante, dispuso que las actuaciones disciplinarias hasta la notificación del pliego de cargos contra el denunciado, son de esa competencia.
“El señor Martínez actuó en nombre y representación de la Gobernación según reza en el documento y lo cierto es que la presunta responsabilidad disciplinaria recaería sobre él, y como la competencia para instruir los procesos de esta naturaleza contra los gobernadores está en cabeza de las Procuradurías Delegadas con base en el artículo 25 del Decreto 262 de 2000, se hace necesario remitir internamente el derrotero aquellas dependencias”, dice un aparte del documento, en donde se añade, que en particular, al reparto de las Procuradurías Delegadas Disciplinarias de Instrucción para la Vigilancia Administrativa, al no otorgársele al competencia expresamente a otra delegada disciplinaria de instrucción, de esta manera se salvaguarda el debido proceso del eventual sujeto procesal, pues “el disciplinable deberá ser investigado y luego juzgado por funcionario diferente, independiente, imparcial y autónomo que sea competente.
“Nadie podrá ser juzgado sino conforme a leyes preexistentes al acto que se le imputa, ante juez o tribunal competente y con observancia de la plenitud de las formas propias de cada juicio”, señala otro aparte del documento.
Basado en la ley, el artículo 29 de la Constitución Política de Colombia y en ese orden, se ordenará la remisión interna del expediente a las Procuradurías Delegadas Disciplinarias de Instrucción para la Vigilancia Administrativa.
En mérito de lo expuesto anteriormente, el Procurador Provincial de Instrucción de Santa Marta en uso de sus facultades legales y reglamentarias, por los medios ordinarios previstos en la Ley 1952 se denunció ante esta Dependencia los hechos con presunta relevancia disciplinaria que a continuación se sintetizan.
LS QUEJA
En la queja interpuesta, se reprocha que al aparecer se realizó un nombramiento en propiedad dentro de la ESE Hospital San Rafael de Fundación Magdalena sin que se cumplieran los requisitos, indicándose, que “el doctor Sergio Aragón, NO apareció en el listado adjunto y a pesar de ello, fue nombrado gerente en propiedad en el hospital San Rafael del municipio de Fundación departamento del Magdalena, a través de un decreto, cuyo documento fue firmado por Krizzthy Ramos Lopez, Manuel Otero Gamero y Emma Peñate.
Su nombramiento ha indignado a la población y a pesar que se espera que la Gobernación del Magdalena envíe por escrito, la explicación jurídica sobre cómo fue nombrado a liderar el Centro Asistencial.
“Esta denuncia debe tomar fondo en su despacho, que al final determinará si el proceso de convocatoria y posterior elección del doctor Aragón, fue acorde a la normatividad y si obviamente está dentro de la competencia, investigar el caso. El reciente nombramiento de Sergio Aragón como gerente en propiedad del Hospital San Rafael, ubicado en Fundación, Magdalena, ha generado una oleada de críticas y cuestionamientos, a pesar de que los documentos del proceso de selección señalan que al parecer, no cumple con los requisitos mínimos de experiencia profesional en el sector salud y aún así, fue designado para liderar una de las instituciones más importantes del departamento”, finaliza el documento.








