El complejo proceso penal contra el expresidente Álvaro Uribe Vélez entra en su fase final ante la Corte Suprema de Justicia, luego de que la defensa y las partes reconocidas como víctimas anunciaran la interposición del recurso extraordinario de casación, una figura jurídica que no reabre el juicio, pero que busca determinar si el Tribunal Superior de Bogotá incurrió en errores de derecho al absolverlo de los delitos de soborno en actuación penal y fraude procesal.
El 21 de octubre, la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá, con ponencia del magistrado Manuel Antonio Merchán Gutiérrez, revocó la condena de 12 años de prisión que el Juzgado 44 Penal del Circuito, bajo la dirección de la jueza Sandra Heredia, había impuesto al exmandatario. Por mayoría de dos votos contra uno, los magistrados absolvieron a Uribe, al considerar que las interceptaciones telefónicas que dieron origen al proceso eran ilícitas, contradiciendo así decisiones anteriores, incluso de la propia Corte Suprema.
La magistrada María Leonor Oviedo salvó su voto, argumentando que el fallo de primera instancia debía mantenerse. A su juicio, las pruebas desestimadas por el Tribunal fueron obtenidas legalmente y demostraban una conducta reprochable del expresidente y de su entorno jurídico.
Las reacciones
La decisión generó una inmediata respuesta. El abogado Miguel Ángel del Río, defensor de Deyanira Gómez —expareja del testigo Juan Guillermo Monsalve—, y el senador Iván Cepeda, reconocido como víctima dentro del proceso, anunciaron que presentarán el recurso de casación ante la Corte Suprema.
“Anunciamos que apelaremos al recurso de casación. Estudiaremos también la posibilidad de acudir al sistema interamericano de derechos humanos”, señaló Cepeda, quien ha sido uno de los principales impulsores del caso.
Por su parte, Uribe publicó un video en sus redes sociales donde defendió su inocencia y expresó respeto por las instituciones judiciales:
“Ofrezco mis excusas a la Justicia y a la Procuraduría por todo el tiempo que les he quitado con este proceso. A lo largo de mi vida pública le he dicho siempre la verdad a mis compatriotas”.
El camino técnico de la casación
La casación devuelve el expediente al punto de origen: la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, integrada por nueve magistrados, que será la encargada de estudiar los argumentos del recurso.
No se trata de una tercera instancia. Según el Código de Procedimiento Penal (Ley 906 de 2004), la casación es un recurso extraordinario que busca “la efectividad del derecho material, el respeto de las garantías de los intervinientes y la unificación de la jurisprudencia”. Su propósito es verificar si el Tribunal aplicó incorrectamente la ley o incurrió en errores en la apreciación de las pruebas.
Los recurrentes —Fiscalía y víctimas— deberán demostrar que el Tribunal incurrió en alguna de las causales previstas en el artículo 181 del Código Penal. En este caso, las dos más relevantes serían:
- Violación directa de la ley: cuando el juez interpreta o aplica indebidamente una norma. La Fiscalía y Cepeda argumentarán que el Tribunal se equivocó al considerar ilegales las interceptaciones telefónicas, a pesar de que la Corte Suprema las había validado previamente.
- Violación indirecta o error en la prueba: cuando el juez desconoce las reglas de valoración de la evidencia. Aquí se alegará que el Tribunal desestimó de forma injustificada los testimonios de Juan Guillermo Monsalve, Deyanira Gómez, Carlos Enrique Vélez (alias “Víctor”) y Euridice Cortés (alias “Diana”), además de cartas y documentos de exparamilitares que sustentaban la condena inicial.
El Tribunal, al absolver a Uribe, concluyó que el abogado Diego Cadena actuó por cuenta propia, sin recibir instrucciones directas del expresidente, y que existió un “rigor desigual” en la valoración de los testigos, favoreciendo indebidamente a los de la defensa.
La Corte Suprema deberá analizar si esas conclusiones configuran un error de derecho o un desconocimiento grave de las pruebas.
Los tiempos del proceso
El trámite no será inmediato. La Corte Suprema dispone de hasta tres meses para decidir si admite el recurso y, en caso de hacerlo, cuenta con un plazo máximo de cinco años para emitir sentencia definitiva. Este límite temporal fue establecido por la Corte Constitucional para garantizar la resolución oportuna de los procesos judiciales.
Si la Sala de Casación Penal confirma la absolución, el caso podría aún recorrer un último tramo dentro de la justicia colombiana mediante la acción de tutela. Sin embargo, esta herramienta no permite reabrir el debate probatorio; su propósito es revisar posibles violaciones a derechos fundamentales en decisiones judiciales.
El trámite de tutela seguiría un recorrido interno: primero ante la Sala de Casación Civil, luego ante la Sala de Casación Laboral, y eventualmente podría llegar a la Corte Constitucional, solo si esta decide seleccionarlo para revisión.
Un precedente similar ocurrió con el caso del exministro Andrés Felipe Arias, cuya defensa logró que la Corte Constitucional revocara una decisión de la Corte Suprema al considerar vulnerado su derecho al debido proceso.
Un cierre aún incierto
El proceso contra Álvaro Uribe, que ha marcado uno de los episodios más complejos de la historia judicial reciente de Colombia, entra así en una fase decisiva. La Corte Suprema deberá determinar si la absolución del expresidente fue jurídicamente correcta o si, por el contrario, el Tribunal incurrió en errores que ameritan reabrir el camino hacia una eventual condena.
Entre tanto, el país sigue dividido entre quienes consideran que Uribe ha sido víctima de una persecución política y quienes sostienen que este proceso representa una prueba de fuego para la independencia de la justicia colombiana.







