En medio de las investigaciones por el escándalo de corrupción en la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD), se conoció que una interceptación judicial autorizada habría incluido de manera accidental un número telefónico presuntamente utilizado por el presidente Gustavo Petro. La situación se produjo durante seguimientos ordenados dentro del proceso que busca esclarecer el millonario saqueo a la entidad.
De acuerdo con la información revelada, las escuchas recaían sobre dos líneas telefónicas registradas a nombre del asesor Jaime Ramírez Cobo, quien ha sido cuestionado dentro del caso. Sin embargo, dichas líneas habrían sido utilizadas en la práctica por Laura Sarabia, directora del Departamento Administrativo de la Presidencia, y por el propio mandatario.
Al advertir esta situación, la Corte Suprema de Justicia ordenó la cancelación inmediata de las interceptaciones, al considerar que se trataba de comunicaciones protegidas por el fuero presidencial. La decisión fue adoptada de forma rápida, con el objetivo de evitar vulneraciones a los derechos y garantías constitucionales.
El episodio ha generado comparaciones con otros procesos judiciales de alto perfil, en particular con el caso del expresidente Álvaro Uribe, en el que las interceptaciones continuaron durante más tiempo antes de ser suspendidas. El contraste ha reavivado el debate público sobre el manejo de las escuchas judiciales, los límites de la investigación penal y el trato que reciben las figuras con fuero en Colombia.








