El Tribunal Administrativo del Magdalena decretó, en primera instancia, la pérdida de investidura de la exdiputada Elizabeth Molina Campo, al concluir que incurrió en violación del régimen de incompatibilidades tras celebrar contratos con el municipio de Ciénaga dentro del año siguiente a la terminación de su período constitucional.
La decisión fue adoptada en Sala Plena el 25 de febrero de 2026, en el marco del medio de control promovido por William Augusto Jácome Urrea y Germán Percy Rodríguez, quienes solicitaron la desinvestidura al considerar que se configuró la causal prevista en el artículo 51 de la Ley 2200 de 2022, norma que regula las inhabilidades e incompatibilidades aplicables a los diputados.
Molina Campo ejerció como diputada de la Asamblea del Magdalena durante el período 2020–2023, que culminó oficialmente el 31 de diciembre de 2023. Según quedó acreditado en el expediente, en febrero y octubre de 2024 suscribió dos contratos de prestación de servicios profesionales como abogada con la Alcaldía de Ciénaga.
De acuerdo con los demandantes, los contratos fueron celebrados dentro de los doce meses posteriores al vencimiento del período constitucional, lo que configuraría la intervención en actuaciones contractuales dentro del ámbito territorial donde ejerció jurisdicción, en contravía de la prohibición legal vigente durante ese lapso.








